BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO
Resolución
de 16 de
agosto de 2018,
de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se
convocan becas de carácter general para el curso
académico 2018-2019, para
estudiantes que cursen
estudios postobligatorios
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DESTINATARIOS
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TIPOS DE BECAS Y CUANTÍAS
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REQUISITOS
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SOLICITUD
Y DOCUMENTACIÓN
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Alumnado matriculado en el curso 2018/19 en los siguientes niveles no universitarios:
•
Primer y segundo cursos
de Bachillerato
• Formación
Profesional de grado
medio y de grado
superior
•
Enseñanzas
artísticas profesionales
•
Enseñanzas deportivas
•
Enseñanzas
artísticas superiores
•
Estudios
religiosos superiores
•
Estudios
militares superiores
•
Estudios de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad de distancia
• Cursos
de acceso y
de preparación para
pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación
específicos para
acceso a Ciclos
Formativos de Grado Medio y Superior, impartidos en
centros públicos y privados concertados
•
Formación
Profesional Básica
Por otro lado,
las becas generales para estudios universitarios se dirigen a estudiantes que
en el curso
2018-2019 estén matriculados en alguno de los siguientes niveles:
• Enseñanzas
universitarias adaptadas al
Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
• Enseñanzas universitarias conducentes a los
títulos oficiales de
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
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Cuantías fijas para todos los solicitantes que reúnan los requisitos:
a)
Beca de matrícula. Comprenderá el precio público oficial de los servicios académicos universitarios correspondiente a los créditos en
que se haya
matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2018-
2019 (ver art. 5 de esta
Resolución)
b) Cuantía fija
ligada a la
renta del estudiante.
1.600,00 €
c)
Cuantía fija ligada
a la residencia del
estudiante durante el curso escolar. 1.500,00 euros
d) Cuantía fija
ligada a la excelencia
académica.
Se
requerirá que el solicitante acredite
haber obtenido una nota media de 8 puntos o
superior en el
curso, pruebas de acceso
o estudios previos.
Entre 50 y 125 euros.
d)
Beca básica: 200
euros Cuantía variable y distinta para los diferentes
solicitantes que reúnan
los requisitos:
Su importe resultará de la ponderación de la nota media del expediente del
estudiante y de su
renta familiar y se determinará mediante la aplicación de una
fórmula de reparto (Ver
|
Generales:
-
Ser
español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión
Europea. En el caso
de ciudadanos de la
Unión o de sus familiares, beneficiarios
de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que
tengan la condición de residentes permanentes o que
acrediten ser
trabajadores por cuenta
propia o ajena. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo
dispuesto en la normativa
sobre derechos y libertades de
los extranjeros en España y su integración
social.
-
No poseer
en el momento de solicitar la beca un título de nivel
igual o superior al de los estudios para los que
se pide la
beca.
-
Reunir
el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la
convocatoria.
Académicos: MIRAR CUADRO ANEXO
|
Las solicitudes de becas y ayudas se
deberán cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Sólo en determinados supuestos específicos se deberá aportar la documentación concreta que se le
especificará en el formulario.
No obstante, las unidades encargadas de la tramitación podrán requerir documentación.
|
•
Curso de preparación para
acceso a la universidad de mayores de 25
años impartido por
universidades públicas.
•
Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la
obtención del título de Grado o para proseguir estudios oficiales
de licenciatura.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para
la realización de
estudios correspondientes al
tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios
de las universidades.
|
artículo
9 de la
convocatoria). Su importe mínimo será de 60 euros
La cuantía variable a la que
tuviera derecho el solicitante se calculará en una fase posterior a la
determinación, para todos
los solicitantes, de las cuantías fijas indicadas en el anterior apartado.
La página
web del Ministerio de Educación,
Ciencia y Deporte ofrece un simulador para calcular esta cuantía.
|
Económicos: Se determinan atendiendo a los ingresos
que haya percibido la unidad
familiar en el ejercicio
fiscal anterior y aplicando
deducciones para determinadas situaciones (familias numerosas, solicitantes discapacitados, etc.)
cuyo detalle puede consultarse en
la convocatoria.
Otros
requisitos: para determinados componentes de la beca se deben reunir también otras condiciones y hay circunstancias específicas que requieren acreditación especial
(para más
información consultar en la
convocatoria)
|
|
PLAZO: Este curso ha
sido desde el
17 de agosto de
2018 hasta el 1 de
octubre de 2018 para enseñanzas no universitarias y hasta el 3 de octubre para enseñanzas
universitarias. Debes estar pendiente de la fecha de la convocatoria para este curso.
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Requisitos académicos para el curso 2018-2019 para
enseñanzas no universitarias
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Curso
|
Enseñanzas
|
Requisitos para obtener beca en cualquier
de sus componentes*
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Primero
|
Bachillerato
|
• Haber obtenido al
menos 5,50 puntos de nota media
en 4º de
ESO
• Quedar matriculado de curso completo
• No repetir en el curso
actual
|
Ciclo formativo de grado medio
(de F.P. o de enseñanzas deportivas o de
artes plásticas y diseño)
|
•
Quedar matriculado de curso completo o de la mitad de los módulos que componen
el ciclo formativo
• No repetir en el curso
actual
|
|
Ciclo formativo de
grado superior (de
F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes
plásticas y diseño)
|
•
Haber obtenido al menos 5,50
puntos de nota
media en 2º
de Bachillerato, prueba de acceso
o curso de acceso o en la calificación final
del Ciclo Formativo de Grado Medio
que dé acceso
al Ciclo Formativo de Grado Superior.
•
Quedar matriculado de curso completo o de la mitad de los módulos que componen
el ciclo formativo
• No repetir en el curso
actual
|
|
Enseñanzas profesionales de música y danza
|
• Quedar matriculado de curso completo
• No repetir en el curso
actual
|
|
Enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas
|
• Quedar matriculado de curso completo
• No repetir en el curso
actual
|
|
Enseñanzas
artísticas superiores y otros estudios superiores no universitarios
|
•
Quedar matriculado por lo menos
del mínimo de créditos que
establece la convocatoria (o del curso
completo para estudios organizados por asignaturas).
• Haber obtenido como
nota media en
la prueba o curso de
acceso el mínimo que
establece la
convocatoria.
|
|
Segundo curso
(y sucesivos, en su caso)
|
Bachillerato
|
• No repetir en el curso
actual
• Quedar matriculado de curso completo
•
Haber superado en el curso
anterior todas las asignaturas o materias, salvo
una. Excepto para quienes
repitieron en curso
anterior, que deben
haber aprobado
totalmente el
curso anterior
|
Ciclo formativo de grado medio
(de F.P. o de enseñanzas deportivas o de
artes plásticas y
diseño)
|
• No repetir en curso actual
•
Quedar matriculado de curso completo o de la mitad de los módulos que componen
el ciclo formativo
• Haber superado en el curso
anterior al menos
el 85% de las horas
totales del
curso. Excepto para quienes repitieron en curso anterior, que deben haber aprobado totalmente el curso anterior
|
|
Ciclo formativo de
grado superior (de
F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes
plásticas y diseño)
|
• No repetir en curso actual
•
Quedar matriculado de curso completo o de la mitad de los módulos que componen
el ciclo formativo
• Haber superado en el curso
anterior al menos
el 85% de las horas
totales del
curso. Excepto para quienes repitieron en curso anterior, que deben haber aprobado totalmente el curso anterior
|
|
Enseñanzas profesionales de música y danza
|
• No repetir en curso actual
• Quedar matriculado de curso completo
•
Haber superado en el curso
anterior todas las asignaturas o materias, salvo
una. Excepto para quienes
repitieron en curso
anterior, que deben
haber aprobado
totalmente el
curso anterior
|
|
Enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas
|
• No repetir en curso actual
• Quedar matriculado de curso completo
|
|
Enseñanzas
artísticas superiores y otros estudios superiores no universitarios
|
•
Quedar matriculado por lo menos
del mínimo de
créditos que establece la convocatoria (o del curso
completo para estudios organizados por asignaturas).
• Haber superado en
el curso anterior el mínimo de
créditos que establece la
convocatoria
|
* Con las limitaciones concretas que pueda establecer la convocatoria para
algunos estudios. Asimismo, no están incluidos en este resumen los supuestos de matrícula parcial,
oferta específica para
personas adultas, estudios no presenciales, curso
de acceso a Formación Profesional, Bachillerato Nocturno, Formación Profesional Básica y Proyecto en C.F.G.S.
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Requisitos académicos para el curso
2018-2019 para grado y titulaciones universitarias de primero y segundo ciclo
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|
|
|
Curso
|
Ramas conocimiento
|
Para obtener beca de matrícula
|
Para obtener el resto de cuantías*
|
Primero
|
Para todas las ramas
|
•
Quedar
matriculado del número de créditos que establece la convocatoria.
•
Haber obtenido una nota de
acceso (según fórmula 0.6 NMB + 0.4 PEBAU)
o una nota
de acceso de CFGS u otra
prueba de acceso, de al menos
5,50 puntos.
|
•
Quedar
matriculado del número de
créditos que establece la convocatoria*
•
Haber
obtenido una nota de acceso (según fórmula 0.6 NMB
+ 0.4 PEBAU) o una nota de acceso de CFGS u otra
prueba de
acceso, de al menos
6,50 puntos.
|
Segundo
|
Enseñanzas técnicas
|
•
Quedar matriculado del número de créditos que establece la convocatoria.
•
Haber
aprobado como mínimo el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior.
|
•
Quedar
matriculado del número de
créditos que establece la convocatoria*
•
Haber
superado en el curso anterior el 85% de los créditos
matriculados o,
alternativamente, haber superado el
65% de los créditos
matriculados y tener al menos
6,00 puntos de nota
media.
|
Ciencias
|
•
Quedar matriculado del número de créditos que establece la convocatoria.
•
Haber
aprobado como mínimo el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior.
|
•
Quedar
matriculado del número de
créditos que establece la convocatoria*
•
Haber
superado en el curso anterior
el 100% de los créditos matriculados
o, alternativamente, haber
superado el 80% de los créditos
matriculados y tener al
menos 6,00 puntos
de nota media.
|
|
Ciencias de la salud
|
•
Quedar
matriculado del número de créditos que
establece la convocatoria.
•
Haber aprobado como mínimo el 80% de los créditos matriculados en el curso anterior.
|
•
Quedar
matriculado del número de
créditos que establece la convocatoria*
•
Haber
superado en el curso anterior el 100%
de los créditos matriculados o, alternativamente, haber superado el 80% de los créditos matriculados y tener al menos 6,50 puntos de nota
media.
|
|
Ciencias sociales y jurídicas y artes y humanidades
|
•
Quedar
matriculado del número de créditos que
establece la convocatoria.
•
Haber aprobado como mínimo el 90% de los créditos matriculados en el curso anterior.
|
•
Quedar
matriculado del número de
créditos que establece la convocatoria *
•
Haber
superado en el curso anterior el 100%
de los créditos matriculados o, alternativamente, haber superado el 90% de los créditos matriculados y tener al
• menos 6,50 puntos de nota
media.
|
|
Para enseñanzas de máster
|
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Curso
|
Para obtener beca en cualquiera de sus componentes*
|
||
Primero
|
•
Quedar matriculado del número de créditos que
establece la convocatoria.
•
Haber obtenido 7,00 puntos de nota media
en el curso
que da acceso
al máster o 6,50 si es un máster habilitante. Para enseñanzas
técnicas la nota
media obtenida se multiplicará por 1,17.
|
||
Segundo
|
•
Quedar matriculado del número de créditos que establece la convocatoria *
•
Haber aprobado el 100% de los créditos matriculados en el curso anterior
•
Haber obtenido 7,00 puntos de nota media
en el curso
anterior o 6,50
si es un
máster habilitante.
|
||
* Con las limitaciones que establece la convocatoria por el incumplimiento de otros requisitos. Asimismo, no se incluyen en este apartado los supuestos de matrícula
parcial,
estudios no presenciales, complementos de formación, proyecto fin de
carrera y curso
de acceso a la universidad para mayores de
25 años.
|
Resolución de 29 de octubre de 2018, de
la Dirección General de Participación y
Equidad, por la que se
efectúa la convocatoria pública de la Beca 6000 dirigida a facilitar la permanencia en el
sistema educativo del alumnado de bachillerato o de ciclos formativos de
grado medio de formación profesional inicial
para el curso
escolar 2018-2019.
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DESTINATARIOS
|
TIPOS DE BECAS Y
AYUDAS
|
REQUISITOS
|
SOLICITUD Y
DOCUMENTACIÓN
|
Estudiantes de:
-
1º o
2º curso de
Bachillerato.
-
1º
o 2º curso de Ciclos formativos de Grado
Medio
|
La cuantía de la beca será de 6.000
euros por curso académico. Dicha cuantía se devengará a razón de 600 euros por mensualidad vencida desde septiembre hasta junio.
|
a)
Participar en
la convocatoria de
becas y ayudas al estudio de
carácter general
b)
Todos los
miembros de la unidad familiar empadronados en Andalucía.
c) Reunir los requisitos académicos para ser
beneficiario de la cuantía fija
ligada a la renta del solicitante de la convocatoria de becas en las enseñanzas postobligatorias no universitarias y estar matriculado del curso completo en estudios presenciales.
d) No estar en posesión ni reunir los
requisitos legales para
la obtención de un título
del mismo o superior nivel
al de bachillerato o técnico de cualquier profesión.
e) Haber cumplido la
edad legalmente establecida para trabajar antes
del 1 de
enero del año en que
finalice el curso académico para el que se solicita la beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de altas capacidades
intelectuales que finalice la Educación Secundaria Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter ordinario, fruto de haber flexibilizado la duración del
periodo de escolarización obligatoria, podrá acogerse a la convocatoria de
la Beca 6000,
siempre que cumpla
los requisitos de
carácter económico y académico establecidos en la normativa vigente.
f) En el caso
del alumnado de
primer curso de bachillerato o ciclo formativo de grado medio de formación profesional inicial, este deberá
haber cursado los estudios de educación secundaria obligatoria en régimen ordinario y
haber obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria en
el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente.
g) En el caso del alumnado de renovación de la beca,
haber obtenido evaluación positiva en todas
las materias del curso anterior.
h) Estar matriculado del
curso completo en las enseñanzas de bachillerato o ciclos
formativos de grado medio
de formación profesional inicial en un centro docente
de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido el alumnado que
curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.
i) Tener una renta
y patrimonio familiar que no superen los umbrales que
se establezcan anualmente.
j) No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia
o ajena, ni
estar inscrito como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz
de Empleo.
Los requisitos
señalados deben mantenerse durante todo el período que abarque el curso académico para el que se concede la beca.
|
Para solicitar la BECA
6000, se deberá cumplimentar el impreso de solicitud que aparece en la página web de la Consejería de Educación: https://www.juntad eandalucia.es/educ acion/secretariavir tual/solicitudes/#B ecas_y_Ayudas
Una vez
cumplimentado, podrás presentarla telemáticamente o bien físicamente en la secretaría del centro donde te encuentres
matriculado/a.
|
LUGAR Y PLAZO:
Se
presentará telemáticamente en
la secretaría virtual de los centros educativos o físicamenteen el centro donde
se realizará los
estudios. El plazo de presentación este
curso ha sido
desde el14noviembre al 13 de
diciembre de 2018.Debes estar pendiente de
la fecha de la convocatoria para este curso.
|
Resolución de
14 de agosto de 2018 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que
se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo
educativo para el curso académico 2018-2019.
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DESTINATARIOS
|
TIPOS DE BECAS Y AYUDAS
|
REQUISITOS
|
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
|
Alumnado matriculado en los siguientes niveles
educativos:
-
Educación Infantil.
-
Educación Primaria.
-
ESO.
-
Bachillerato
-
CFGM y CFGS.
-
Enseñanzas
artísticas profesionales.
-
Formación Profesional Básica.
-
Programas para
la transición a la vida adulta.
|
Ayudas directas:
-
Enseñanza.
-
Transporte interurbano.
-
Comedor escolar.
-
Residencia escolar.
-
Transporte fin
de semana.
-
Transporte urbano.
-
Libros y material
didáctico.
-
Reeducación
pedagógica o del
lenguaje.
-
Ayuda para
programas complementarios.
|
Generales:
Alumnado con
nee asociadas a discapacidad o a
trastornos de conducta:
a) Necesidad específica de apoyo educativo derivada de
discapacidad o trastornos graves de conducta acreditada mediante:
-
certificado
de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento
de orientación dependiente de
la administración educativa correspondiente
-
certificado de
discapacidad de un
equipo de valoración y orientación de un centro
base del Instituto de Mayores y de
Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
-
Diagnóstico clínico de los servicios sanitarios sostenidos con fondos públicos en
los supuestos de
trastornos graves de conducta.
b)
Tener dos años de edad o certificado de la necesidad de escolarización más temprana.
c)
Estar escolarizado en centros específicos, unidades de EE en
centros ordinarios o
centros ordinarios que escolaricen alumnado con NEE autorizados para
ello.
Alumnado con necesidad de apoyo educativo asociadas a
altas capacidades:
-
Necesidadacreditada por EOE o DO.
-
Tener cumplidos 6 años de edad.
|
Impresos de solicitud:
-
Solicitantes
con certificado reconocido de
firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
-
Solicitantes
sin certificado reconocido de firma
electrónica: imprimirán el modelo
de solicitud y lo
presentarán, una vez
firmado, en el
centro educativo en
que se van a realizar los
estudios en el curso 2018-2019.
Documentación requerida:
-
Impreso de solicitud
cumplimentado.
-
Documentación
justificativa (ver convocatoria)
|
|
|
Económicos: No superar
un determinado nivel
de renta y patrimonio.
|
|
PLAZO: Este curso ha sido del 15 de
agosto al 27 de septiembre de 2018. Debes
estar pendiente de la fecha de la convocatoria.
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Resolución de
6 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por
la que se efectúa la
convocatoria pública de
las Ayudas Individualizadas para
el Transporte Escolar.
|
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DESTINATARIOS Y REQUISITOS
|
TIPOS DE BECAS Y AYUDAS
|
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
|
Estas ayudas
están destinadas a:
-
Alumnado del segundo ciclo
de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria, de bachillerato y de
formación profesional inicial de los
centros docentes sostenidos con fondos públicos, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por
inexistencia, en la misma,
de la etapa educativa correspondiente, o que
resida en núcleos dispersos de población
o en edificaciones diseminadas y no pueda
hacer uso de ninguna de las modalidades de organización y prestación del servicio.
-
El alumnado de la modalidad de artes del Bachillerato y de ciclos
formativos de Formación Profesional Inicial que, por su
especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
-
Excepcionalmente, se
podrán conceder ayudas
individualizadas para colaborar en los gastos
de transporte del alumnado beneficiario del servicio entre
su domicilio y la parada establecida de la ruta escolar más cercana a
dicho domicilio, cuando
el desplazamiento sea
superior a dos
kilómetros.
|
De 2 a 10 km: para las
enseñanzas obligatorias y de educación infantil, 192 euros.
De 5 a 10 km: para
las enseñanzas postobligatorias, 192 euros.
De más de 10 a 30 km: se
concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el domicilio
familiar del alumnado y el centro
docente en el que
se encuentre matriculado, con
un máximo de 386 euros.
De más de 30 a 50 km: se
concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el domicilio
familiar del alumnado y el centro
docente en el que
se encuentre matriculado, con
un máximo de 763 euros.
De más de 50 km: se concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el
domicilio familiar del alumnado y el centro docente
en el que se encuentre matriculado, con
un máximo de
937 euros.
|
Para solicitar la Ayuda
Individualizada para el Transporte Escolar se deberá cumplimentar el formulario de solicitud que aparece en la secretaría virtual de los centros educativos.
Una vez cumplimentado, se
deberá imprimir, firmar y presentar,
preferentemente, en la Secretaría del centro
docente donde, durante el curso 2017- 2018 estuvo matriculado el alumno/a
solicitante de la ayuda
individualizada de
transporte escolar.
|
LUGAR Y PLAZO: Se presentará telemáticamente en la secretaría virtual de los
centros educativos o físicamente en el centro
que estuvo matriculado el alumno/a durante el curso 2017-2018. El plazo de
presentación de la
última convocatoria ha
sido del 21
de noviembre hasta
el 20 de
diciembre de 2018.
(Estar pendiente de
la convocatoria anual).
|
Resolución de
6 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por
la que se efectúa la
convocatoria pública de
las Ayudas Individualizadas para
el Transporte Escolar.
|
||
DESTINATARIOS Y REQUISITOS
|
TIPOS DE BECAS Y AYUDAS
|
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
|
Estas ayudas
están destinadas a:
-
Alumnado del segundo ciclo
de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria, de bachillerato y de
formación profesional inicial de los
centros docentes sostenidos con fondos públicos, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por
inexistencia, en la misma,
de la etapa educativa correspondiente, o que
resida en núcleos dispersos de población
o en edificaciones diseminadas y no pueda
hacer uso de ninguna de las modalidades de organización y prestación del servicio.
-
El alumnado de la modalidad de artes del Bachillerato y de ciclos
formativos de Formación Profesional Inicial que, por su
especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
-
Excepcionalmente, se
podrán conceder ayudas
individualizadas para colaborar en los gastos
de transporte del alumnado beneficiario del servicio entre
su domicilio y la parada establecida de la ruta escolar más cercana a
dicho domicilio, cuando
el desplazamiento sea
superior a dos
kilómetros.
|
De 2 a 10 km: para las
enseñanzas obligatorias y de educación infantil, 192 euros.
De 5 a 10 km: para
las enseñanzas postobligatorias, 192 euros.
De más de 10 a 30 km: se
concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el domicilio
familiar del alumnado y el centro
docente en el que
se encuentre matriculado, con
un máximo de 386 euros.
De más de 30 a 50 km: se
concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el domicilio
familiar del alumnado y el centro
docente en el que
se encuentre matriculado, con
un máximo de 763 euros.
De más de 50 km: se concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el
domicilio familiar del alumnado y el centro docente
en el que se encuentre matriculado, con
un máximo de
937 euros.
|
Para solicitar la Ayuda
Individualizada para el Transporte Escolar se deberá cumplimentar el formulario de solicitud que aparece en la secretaría virtual de los centros educativos.
Una vez cumplimentado, se
deberá imprimir, firmar y presentar,
preferentemente, en la Secretaría del centro
docente donde, durante el curso 2017- 2018 estuvo matriculado el alumno/a
solicitante de la ayuda
individualizada de
transporte escolar.
|
LUGAR Y PLAZO: Se presentará telemáticamente en la secretaría virtual de los
centros educativos o físicamente en el centro
que estuvo matriculado el alumno/a durante el curso 2017-2018. El plazo de
presentación de la
última convocatoria ha
sido del 21
de noviembre hasta
el 20 de
diciembre de 2018.
(Estar pendiente de
la convocatoria anual).
|
Resolución
de 4 de diciembre de
2018, de la
Dirección General de
Participación y Equidad, por la que
se efectúa la
convocatoria pública de
la Beca Adriano dirigida a facilitar la
permanencia en el
sistema educativo del
alumnado que curse
alguna de las
enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, para
el curso escolar 2018-2019.
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DESTINATARIOS
|
TIPOS DE BECAS Y
AYUDA
|
REQUISITOS
|
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
|
Se encuentra dirigida al
alumnado que curse modalidad presencial, en algunas de las siguientes enseñanzas, en centros docentes
no universitarios de Andalucía:
|
Se abonarán 1500 euros.
|
a) Reunir los requisitos y condiciones para
ser persona beneficiaria de la beca de cuantía fija ligada a la renta
de la normativa de becas
y ayudas al estudio de carácter general para
estudios postobligatorios no universitarios
del Ministerio competente en materia de educación, a excepción de los referidos a la nota
media y a la carga
lectiva superada, recogidos en los artículos 18.2, 19.2 y 30 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que
se establece el régimen de
las becas y ayudas al estudio personalizadas.
b) Alcanzar
una nota media
igual o superior a 5 puntos
e inferior a la
nota mínima que se
establezca en la normativa del Ministerio
competente en materia de educación, cuando
esta se fije
por encima de 5 puntos, en
el curso o prueba de
acceso a las
enseñanzas para las
que solicita la beca.
c)
Superar la carga lectiva que seguidamente se indica:
El alumnado de segundos y
posteriores cursos organizados por asignaturas deberá acreditar haber superado todas
las asignaturas del curso anterior, con
excepción de dos.
El alumnado de segundos y posteriores cursos
organizados por módulos deberá acreditar haber
superado en el curso anterior al menos un número de módulos que suponga el ochenta por ciento de las horas totales del curso en que hubiera
estado matriculado.
No se concederá la
beca a quienes estén repitiendo curso
total o parcialmente.
En el caso del alumnado que haya repetido curso, se entenderá que cumple el
requisito académico para
ser becario cuando
tenga superadas la totalidad de
las asignaturas de
los cursos anteriores a aquel para
el que solicita la beca.
Sólo podrá obtenerse beca o ayuda
durante el número
de años que dure
el plan de estudios de las enseñanzas que curse la persona beneficiaria.
d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales
para la obtención de un título
del mismo o superior nivel
al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
e) No superar los umbrales de renta y
patrimonio familiar que se establezcan anualmente por la resolución
del órgano competente en materia de becas
y ayudas al estudio que apruebe la convocatoria de la
beca.
f) Estar matriculado del curso completo o, al menos,
de la mitad de los módulos que componen el correspondiente ciclo
en estudios oficiales en
la modalidad presencial.
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Las solicitudes se presentan
ajustándose al formulario que estará disponible
en el portal de becasde la página web de la Consejería de Educación, en la
sección de becas y ayudas:
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Bachillerato.
2º curso CFGM CFGS
Enseñanzas artísticas profesionales y superiores.
Enseñanzas
deportivas
Se encuentran excluidas las enseñanzas que se impartan en la modalidad de adultos.
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https://apl.ced.junta- andalucia.es/educacion/apl/becas adriano/
Una vez cumplimentada se debe
imprimir y firmar por
todos los miembros
computables de la unidad familiar. Se entregará en la
Secretaría del centro docente que durante el curso académico 2018- 2019 se encuentre matriculado el alumno/a
solicitante de la beca y para el que
solicita la misma.
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Como
regla general, no es necesario acompañar documentación a la solicitud, no obstante, las unidades encargadas de la
tramitación podrán requerir documentación.
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PLAZO: El comprendido entre el 15 de diciembre y el de enero de 2018ambos
inclusive. Debes estar pendiente de la fecha en la convocatoria para cada
curso.
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Orden de
16 de mayo
de 2011, por
la que se
regulan las estancias en otros países
de la Unión
Europea para el
alumnado que cursa
enseñanzas de Formación Profesional Inicial
y de Artes Plásticas y Diseño en centros docentes de
la comunidad autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en
Emprecac Europeac” y de vicitac de ceguimiento para el
profecorado recponcable de ece alumnado.
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DESTINATARIOS
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REQUISITOS
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SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
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Alumnado que cursa enseñanzas de Formación Profesional Inicial o Enseñanzas Profesionales de Artes
Plásticas y Diseño en centros
docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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a) Ser miembro de una familia en la que todos
sus miembros estén empadronados en un municipio de Andalucía.
b)
Tener cumplidos 18 años de edad en la fecha
de inicio del
viaje.
c) Estar matriculado en un Ciclo
Formativo en oferta
presencial y completa de Formación Profesional Inicial
o de Artes Plásticas y Diseño en un centro
docente de la Comunidad Andaluza.
d) No haber sido
beneficiario de becas
o ayudas convocadas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o Ente
público o privado, nacional o internacional, durante el mismo curso.
e) Tener superados, en el momento
de adjudicación de la estancia, los módulos
profesionales que se cursan en el centro
docente del ciclo
formativo en el que
está escolarizado.
f) Tener conocimientos intermedios, equivalentes al menos
al nivel B1
del Marco Europeo
de Referencia de
Lenguas, del idioma
oficial del país
para el que
se solicita la estancia, o en su defecto, del inglés.
g)
Tener la
valoración de «recomendable» en el informe de idoneidad.
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Las solicitudes se podrán presentar:
a) Preferentemente, en la secretaría
del centro docente donde se encuentra matriculada la persona interesada.
b) En los registros de los demás órganos y oficinas de la Administración de
la Junta de Andalucía.
c)
En el Registro
Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del apartado de administración electrónica
de la web de la Consejería con competencias en materia de educación.
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PLAZO: El plazo de
presentación de solicitudes será el comprendido entre el 10 y el
30 de mayo
de cada año,
para el alumnado que realice el
módulo profesional de
formación
en centros de
trabajo en el
primer trimestre del
curso escolar inmediato a la publicación de la convocatoria; y el comprendido entre el 10
y el 30 de enero
siguiente para el alumnado
que lo realice en el último trimestre de ese
curso escolar. Este
segundo plazo regirá para el alumnado que curse enseñanzas profesionales de artes
plásticas y diseño.
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AYUDAS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS
•
Becas propias de la Universidad: Ayudas Bono Comedor, Residencia, Transporte, Matrícula gratuita
para alumnado con matrícula de honor, Ayudas para estudiantes con necesidades especiales, etc. El plazo
suele ser hasta
finales de octubre. Debes estar pendiente de la convocatoria para este
curso.
•
Algunas Universidades tienen programas de alojamiento de universitarios con personas mayores,
discapacitados y personas solas con cargas familiares. A cambio de pequeñas ayudas
en las tareas de la casa, compañía,
algunas compras, etc. el estudiante puede obtener alojamiento
gratuito.
•
Por último,
hay entidades que conceden becas a sus beneficiarios (MAPFRE, la Caixa, Unicaja,
MUFACE, etc.) y el Ministerio de Defensa tiene residencias de estudiantes para hijos de militares.
• Becas y ayudas para
cursar estudios universitarios de Grado, Diplomatura y Licenciatura
• Becas de carácter general.
•
Becas de colaboración.
• Becas y ayudas a la movilidad de estudiantes de grado
• Ayudas Erasmus.es, financiadas por el MEC en el marco del Programa Erasmus+
• Becas y ayudas para aprender idiomas
• Colonias de vacaciones en inglés. 1º de ESO.
•
Colonias de vacaciones en inglés. 2º de ESO.
•
Ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa
destinada a titulados
Máster de formación
del profesorado y maestros
•
Becas para un curso intensivo de inmersión lingüística en inglés, en España, destinadas a estudiantes becarios
de Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio e Idiomas.
•
Ayudas para
participar en cursos
de inmersión en lengua inglesa
organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
Más información: Secretaría,
Departamento de Orientación de tu Centro, Delegación Provincial de Educación,
Becas.
Tfno. 900 848 000
600169091/ 956069022
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Excelente información, les cuento que estoy comenzando a formarme con un curso de emergencias sanitarias, ya que quiero ingresar al mercado laboral en la área de salud, sabrán si con este curso tendré oportunidad de conseguir el empleo que tanto deseo?
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